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2022-09-10 11:20:26 By : Ms. May Yang

Casi todos los conductores de las grandes ciudades están familiarizados con las denominadas Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y las etiquetas, una normativa que restringe la circulación a los vehículos más contaminantes. Una normativa que existe desde hace años en ciudades como Barcelona y Madrid, que se han incluido hace poco en ciudades más pequeñas como Vigo, por ejemplo, ó el municipio de Bilbao la incorporará a partir del próximo año 2023. 

Este tipo de zonas acotadas ya están comenzando a restringir la circulación de vehículos con etiqueta B no residentes desde el pasado 1 de enero de 2022, aunque con algunas excepciones como vehículos adaptados o vehículos comerciales. Pero ahora también los vehículos con etiqueta C están en el disparadero.

Y cuidado con acceder a estas zonas indebidamente, y más cuando ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico que incluye nuevas sanciones relacionadas con este ámbito. En concreto, serán consideradas infracciones leves si se saltan las restricciones motos, turismos y furgonetas con una MMA (Masa Máxima Autorizada) de 3,5 toneladas.

Las multas en este caso oscilarán entre los 200 y 499 euros. Serán graves si acceden sin permiso autobuses, camiones y furgonetas de gran capacidad, bajo una sanción de entre 500 y 999 euros. Además, ten en cuenta que si está activado el protocolo anticontaminación, las sanciones leves serán graves y las graves, muy graves; lo que aumenta la sanción a entre 1.000 y 1.803 euros.

A fondo, los vehículos con etiqueta C deben tener en cuenta que, por ejemplo en Madrid, solo pueden acceder a estas zonas siempre y cuando se dirijan a un parking, garaje privado o reserva de estacionamiento. No pueden aparcar en la calle (zonas SER).

Pero el ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto ya el periodo de información pública del proyecto de real decreto que regula dichas ZBE, el cual establece los requisitos mínimos de circulación. Y en ella se establece que se aplicarán progresivamente restricciones de circulación a vehículos sin etiqueta, así como a aquellos que llevan la B (amarilla) y C (verde).

Cabe destacar que en esta zonas restringidas, el peatón siempre tendrá la máxima prioridad. De segundo, los ciclistas, y luego el transporte público. Todas las ZBE se tendrán que someter a un proceso de revisión cada 4 años máximo con el fin de asegurarse que se están cumpliendo los objetivos; y las que ya existen y están en vigor, se tendrán que adaptar a las nuevas exigencias.

Por último, puntualizar que, según la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados deberán adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible para introducir medidas de mitigación y reducir las emisiones de la movilidad, incluyendo, entre otras, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.